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Mientras el Poder Ejecutivo y la Justicia de Santa Fe atraviesan tiempos de evidente tensión -acaba de producirse la primera huelga judicial en 30 años-, el Partido Socialista presentó un proyecto de ley tendiente a modificar algunos aspectos esenciales del funcionamiento de este Poder.
En el programa Creo, que se emite cada mañana en AIRE, García remarcó la decisión de introducir cambios en la Corte Suprema de Justicia, tanto en el número de integrantes, en sus edades, procedencias y también en lo que respecta a la paridad de género.
Pero eso no es todo: el proyecto presentado apunta, esencialmente, a generar herramientas que generen mayor transparencia y rendición de cuentas de la Justicia ante la ciudadanía, no solo en manejo de recursos económicos, sino también en cuanto al desempeño de los integrantes de este Poder.
“La Justicia está lejana, quizá por el tiempo que demora, por lo dificultoso de los trámites, para muchos inentendibles. Queremos llevar transparencia, apertura y dinamismo a la Justicia”, remarcó.
Con respecto a las edades de los miembros de la Corte, la diputada García habló de la necesidad de que exista un “equilibrio entre la fuerza de los más jóvenes, y la experiencia de personas de mayor edad”.
De todos modos, el proyecto de ley establece que a los 75 años, los integrantes del Máximo Tribunal deberán dar un paso al costado, salvo que se los proponga para continuar en funciones por nuevos períodos que se renovarán cada 5 años.
Cuáles son los cambios que el socialismo propone para la Justicia de Santa Fe
El proyecto de ley presentado por el socialismo plantea transformaciones en la integración de la Corte, pero también establece herramientas para generar ámbitos de participación ciudadana y brindar mayor transparencia a la labor de la Justicia.
Estos son los 10 cambios esenciales que serán debatidos en la Legislatura de Santa Fe:
- 1.- La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe estará integrada por siete miembros -actualmente son 6- y un procurador general, se debe procurar la paridad de género, debe reflejar las diversas especialidades del Derecho y debe haber representación regional -hasta el momento, se integra por miembros de las ciudades de Santa Fe y Rosario, pero no del resto de la provincia-.
- 2.- Los miembros de la Corte cesarán automáticamente en sus funciones el día en que cumplan 75 años. (En estos momentos, solo uno de los integrantes de la Corte tiene menos de 75 años, pero estas limitaciones no podrán aplicarse de manera directa a quienes actualmente conforman el Máximo Tribunal, sino a los que se sumen al cuerpo).
- 3.- Una vez que un miembro de la Corte cumpla 75 años, podrá iniciarse el procedimiento tendiente a extender las funciones durante un máximo de 5 años. Todos los nombramientos de quienes alcancen la edad indicada, serán por cinco años, y podrán ser repetidos con el mismo trámite. El mecanismo es el mismo al que se aplica para nombrar a los jueces de la Corte por primera vez.
- 4.- Los integrantes del Poder Judicial deberán asistir diariamente a sus despachos. Además de ello, los secretarios y empleados deberán asistir el tiempo que sea necesario para cumplir al día sus funciones, con excepción de los ministros y los jueces de cámara que no tienen a su cargo el despacho diario.
- 5.- El Poder Judicial deberá presentar y publicar en su sitio web un informe de gestión de su administración durante el año judicial, el que debe incluir información administrativa, contable, financiera y presupuestaria. También habrá una “Plataforma de Información Judicial” para difundir las decisiones de todas las instancias y fueros, favorecer el acceso a fallos, documentación jurídica, doctrina y demás datos relevantes. Incluso, con información sobre cómo se realizan compras tendientes a incorporar tecnología, bienes y servicios que contribuyan a la eficiencia y calidad del servicio.
- 6.- En materia jurisdiccional, la Corte formará quórum con la presencia de cinco integrantes. Para la emisión de un pronunciamiento válido, se requerirá siempre un número de votos concordantes que representen la mayoría de los siete ministros que la integran.
- 7.- En materia de Gobierno -toma de decisiones sobre el funcionamiento de la Justicia-, la Corte forma quórum también con la presencia de cinco de sus integrantes, pero las resoluciones podrán ser adoptadas por mayoría simple.
- 8.- La Corte Suprema podrá de convocar a audiencias públicas cuando así lo dispongan al menos cuatro de sus ministros. -Esto podrá suceder en causas de interés colectivo, como por ejemplo las que estén vinculadas con el Derecho Ambiental, la situación de un grupo de personas o de una región-.
- 9.- La Corte propondrá al Poder Ejecutivo el nombramiento de personal de gabinete para cumplir tareas específicas de asistencia a cada ministro. Ese personal no integrará ninguno de los escalafones, ni quedará incorporado a la carrera judicial.
- 10.- La Corte Suprema de Justicia contará al menos con dos Secretarías, una de Gobierno y otra Técnica, con asiento en la ciudad de Santa Fe.