Esta nota fue publicada en Aire Digital
Cuarenta y ocho horas antes de que la fiscal general del Ministerio Público de la Acusación (MPA), María Cecilia Vranicich, se presentara ante la Legislatura para brindar su informe anual de gestión; desde el mismo MPA se prohibió que la jefa de la Unidad Fiscal contra la Violencia de Género, Jorgelina Mosser Ferro, explicara públicamente los motivos por los que tomó una decisión con impacto directo en los derechos de dos niñas de 9 años afectadas, nada menos, que en un caso de supuestos abusos.
Este tipo de situaciones -usuales en ámbitos de la Justicia-, dejan al descubierto una clara contradicción: mientras se brindan informes institucionales en nombre de la transparencia, se inhibe a la población de acceder a información básica que ayude a comprender por qué se toman determinadas decisiones en causas de interés público.
En el marco del caso Trigatti -el docente de Educación Física absuelto de las acusaciones sobre supuestos abusos contra cinco niñas del jardín de infantes Ceferino Namuncurá de Santa Fe-, el viernes de la semana pasada se produjo una audiencia donde los fiscales y la abogada de las familias de víctimas pidieron que dos niñas de 9 años -que ya habían declarado en esta causa-, fueran escuchadas por los jueces del tribunal.
Los magistrados rechazaron este pedido bajo el argumento de que esas niñas ya habían declarado ante profesionales capacitados para entrevistar a menores y que, exponerlas frente al tribunal, las hubiese revictimizado, poniendo en jaque los derechos que las protegen por sus cortas edades.
En principio, los argumentos de los jueces no parecen desatinados: la Ley de Víctimas (14.181) plantea que las personas afectadas por un delito deben ser oídas durante todo el proceso, pero no prevé que los menores de edad declaren en la sala de audiencias de un estrado judicial.
El artículo 160 de la ley disponte que para escuchar a un menor, debe intervenir un equipo multidisciplinario especialmente capacitado.
En el mismo sentido se refiere la “Guía de buenas prácticas para el abordaje integral y el acceso a la Justicia de niñas, niños y adolescentes víctimas o testigos de violencia sexual” de Unicef (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia).
Desde el programa Creo, que se emite cada mañana en AIRE, se consultó a la Dra. Judith Galetti, docente de Derecho de Familia en la UNL e integrante del área Minoridad de la Defensoría del Pueblo de Santa Fe: “El interés de la causa nunca puede estar por encima de los derechos de los menores”, afirmó, en sintonía con lo dispuesto por los jueces durante la audiencia.
Caso Trigatti: por qué se pidió que dos niñas fueran escuchadas
Frente a esta situación, AIRE se contactó con la fiscal Mosser Ferro para hacerle una consulta muy simple: ¿por qué pidió -junto a otro fiscal y a una abogada- que los jueces escucharan a las niñas, a pesar de todos los argumentos que se oponen a esa posibilidad?
La fiscal dio sus explicaciones en esa conversación privada e, incluso, se mostró dispuesta a brindarlas públicamente para que la ciudadanía comprenda los motivos de su pedido. Sin embargo, llegó una orden interna del MPA de que no lo hiciera.
Resulta absolutamente comprensible y responsable que desde el MPA no se brinde información sobre una causa determinada, que pudiera afectar el desarrollo de las investigaciones. Sin embargo, no era este el caso.
Conocer los argumentos de la fiscal para solicitar a un tribunal penal que dos niñas de 9 años vuelvan a ser escuchadas, no afecta de ninguna manera las investigaciones que, de hecho, ya concluyeron y derivaron en la absolución en primera instancia de este docente de Educación Física.
Lo único que logra el silencio en este tipo de situaciones, es generar un manto de dudas -probablemente injusto- sobre el accionar de los fiscales, y privar a la ciudadanía de información valiosa para comprender por qué se toman determinadas decisiones desde la Justicia en casos de interés general, como esta investigación por supuestos abusos contra cinco niñas en un jardín de infantes.
Cualquiera que acceda al sitio web oficial del MPA se encontrará con la siguiente afirmación: “Uno de los pilares fundamentales en el accionar del MPA lo constituye la transparencia en su gestión. Esto implica, por un lado, la obligación de la institución de publicar de manera proactiva aquellos datos que dan cuenta de los planes, proyectos y programas promovidos. Por el otro, requiere de la consolidación de mecanismos que aseguren el derecho de acceso a la información por parte de la ciudadanía“.
En la práctica, esto no sucede, a pesar de que pronto se cumplirán 11 años desde la puesta en marcha de un organismo que llegó para reemplazar aquella Justicia cerrada, a oscuras, casi blindada por jueces en condiciones de agazaparse detrás de sus escritorios para no dar explicaciones sobre sus actos.
Los fiscales son funcionarios públicos, que trabajan en un área denominada Ministerio Público de la Acusación y que suelen tomar decisiones en casos de interés público, como son los posibles abusos de niñas en un jardín de infantes.
Sin embargo, el silencio sigue siendo el camino elegido frente a situaciones que pueden generar incomodidad.
Las reformas en el funcionamiento del sistema penal de Santa Fe se aprobaron hace 17 años (en 2007) y el MPA funciona desde hace más de una década. Sin embargo, la experiencia demuestra que suele ser más fácil aprobar un paquete de leyes, que modificar patrones mentales fuertemente arraigados en quienes deben ponerlas en práctica.
Con esta orden de silencio en el MPA, un halo de dudas -probablemente injusto- queda flotando sobre el accionar de los fiscales que intervienen en el caso Trigatti.
Dar explicaciones sobre decisiones con impacto público puede ser incómodo e, incluso, arriesgado. Sin embargo, el silencio nunca es la solución.

