El destino los unió de manera trágica. Por un lado, Esteban Baragiola, un empleado bancario que en la madrugada del domingo regresaba a su casa de barrio María Selva. Por el otro, un pibe de 15 años que circulaba en una moto, decidió asaltarlo y fusilarlo a sangre fría con un tiro en el rostro.
Según el jefe de la Unidad Regional Uno de la Policía, Rafael Grau, el menor de edad fue detenido en su casa de Alberdi al 7300 y confesó ser el autor del homicidio. Dijo, además, que se informó sobre lo sucedido a la Subsecretaría de la Niñez y que “seguramente en algunas horas el menor será devuelto a su familia” porque, al tener menos de 16 años, es inimputable.
Es cierto que la autoincriminación en sede policial no resulta suficiente como para condenar de antemano a este chico. Sin embargo, también es verdad que permitirle regresar a su casa, como sospechoso de haber protagonizado un crimen a sangre fría como el que se produjo durante la madrugada del domingo, resulta cuanto menos temerario.
“El Estado no puede quedarse con los brazos cruzados ante la situación del menor que habría confesado el asesinato de Baragiola. El Estado no puede ignorar lo que ocurre y mirar para el costado. El menor debe asumir la responsabilidad por sus hechos, porque sus actos tienen consecuencias… Hay que implementar un sistema procesal para los menores de edad, con características especiales. Esto demanda una gran inversión de recursos del Estado para reinsertar al menor en la sociedad. Mientras las cárceles sigan siendo deplorables, no vamos a poder llegar a nada”, dijo esta mañana en LT10 el fiscal general de la Provincia, Julio De Olazábal.
El menor de edad -como cualquier otra persona- merece un juicio justo. Pero si se confirma que es el asesino de Baragiola, no puede estar en libertad.
Lo más probable es que este chico, en su corta vida, haya enfrentado un contexto de pobreza y marginalidad. Aun así, la gravedad del crimen cometido amerita una sanción, como sucede en países como Brasil o Uruguay. No se trata de pedir mano dura o de reclamar livianamente el endurecimiento de las penas. Es, simplemente, cuestión de sentido común.
Es el Estado el que se debe hacer cargo de su situación. Por él, por la familia Baragiola, por la memoria de la víctima y por la sociedad toda.
A fines de agosto de este año, María Laura Cabrera, de tan sólo 14 años, dormía en su casa del Pasaje 16 de la Manzana 3, cuando un chico de 15, rompió la traba de la puerta, ingresó y le disparó un mortal tiro de escopeta en la cabeza.
Poco después, acompañado por sus padres, el homicida se presentó ante la policía y asumió su responsabilidad en el hecho.
Apenas 48 horas después de ejecutar a su novia, el adolescente se encontraba en libertad y bajo el cuidado de su familia, que debió se reubicada en otra zona de la ciudad -o de la provincia- para evitar cualquier intento de venganza por parte de los allegados de la víctima.
Un debate falaz e hipócrita
Desde hace tiempo se ha instalado en el país una discusión que parece conducir a un camino sin salida. El planteo falaz, apunta a debatir si resulta conveniente o desacertado reducir la edad de imputabilidad de los menores.
En realidad, discutir sobre un año más o un año menos no parece tener sentido. El problema de fondo es que la Argentina carece de una Ley Penal Juvenil, que establezca modos de actuación y sanciones para chicos cuyas edades podrían oscilar, por ejemplo, entre los 12 y los 16 años.
Incluso en el caso de que se tratara de un adolescente reincidente en delitos violentos, no podría ser privado de su libertad En otras palabras, un pibe que mata una y otra vez, a lo sumo podría ser enviado a una institución pública de puertas abiertas. ¿Cuánto tiempo podría pasar antes de que decidiera escapar?
“En el caso de Alto Verde, si el chico hubiera sido mayor de 16 años, seguramente estaría detenido y privado de su libertad”, reconoció en agosto pasado el secretario de Minoridad de la Provincia, Cristian Allende.
El 8 de julio de 2009, el proyecto de ley de Responsabilidad Penal Juvenil recibió media sanción en general en el Senado de la Nación, luego en trabajo arduo y minucioso. Sin embargo, desde entonces el tema quedó paralizado en la Cámara baja.
La Argentina es una excepción en Latinoamérica, ya que otros países sí cuentan con un régimen penal específico para adolescentes menores de 16 años que cometen delitos graves. En Brasil, por ejemplo, existe desde 1990 un Estatuto de la Niñez y la Adolescencia que establece un sistema de justicia especial para menores de entre 12 y 17 años.
Otros países, como por ejemplo Honduras, Costa Rica, Nicaragua, El Salvador y Ecuador, adaptaron sus legislaciones en este sentido. Si bien en todos los casos el objetivo es promover el desarrollo e integración del adolescente que delinque, existen penalidades vigentes y adaptadas a estas premisas.
En Uruguay, rige el Código de la Niñez y la Adolescencia, en donde se establece un régimen especial para jóvenes de entre 13 y 18 años. Las sanciones son diferentes a las que se imponen a los mayores, pero existen penas máximas de cinco años para los delitos de mayor gravedad, como por ejemplo el homicidio.
La postura argentina de no legislar al respecto se parece demasiado a una actitud hipócritamente correcta. Bajo el argumento de proteger los derechos de los menores, en realidad se evita el abordaje de una problemática compleja y se terminan creando las condiciones necesarias como para que gran parte de la sociedad reclame livianamente mayores penas o intente hacer Justicia por mano propia.